13.PODER SANCIONADOR
Es
un régimen administrativo constituido por el conjunto de normas y principios,
provistos de medios coactivos eficaces, para obligar a los particulares a que
se subordinen a los intereses generales del Estado y a los propios agentes de
la Administración, para que se mantengan el orden de legalidad imperante en el
país.
Las
sanciones administrativas son las que se anuncian en las leyes administrativas
federales bajo la denominación de infracciones o faltas.
LA
MULTA
Es
una pena aplicable tanto a los delitos como a las infracciones administrativas;
como los reglamentos y consiste en pagar una suma de dinero al Estado, en los
lugares que él mismo designa para ese efecto.
LA
CLAUSURA
Es
un acto administrativo del Estado, como sanción a una violación de un
reglamento de la misma Administración Pública, regularmente se trata de
clausura a los establecimientos comerciantes que son regulados por leyes
reglamentarias del estado.
EL
DECOMISO
Se
da esta figura cuando un particular dedicado al comercio de mercancías y ha
infraccionado una ley reglamentaria, o por la comisión de un delito en materia
penal, la mercancía en poder del particular, mediante esta figura pasa a poder
del Estado.
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